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  • La Comisión de Convivencia estará integrada por los representantes de los diferentes sectores presentes en el Consejo Escolar según estipula la normativa vigente (Decreto 327/2010, art.º 66.3): la persona que ejerce la Dirección, la que ostenta la Jefatura de Estudios, dos representantes del profesorado, dos del sector del alumnado y dos del de padres y madres.

  • La Comisión de Convivencia se reunirá al menos tres veces a lo largo del curso, coincidiendo con la presentación preceptiva que se hace al Claustro y Consejo Escolar del balance de la vida del Centro de cada trimestre, entre lo que se incluirá la evaluación del desarrollo de este Plan de Convivencia.

  • En dichas reuniones se valorarán los avances, las dificultades y se estudiarán medidas para mejorar las situaciones concretas. A las reuniones relacionadas con el seguimiento y supervisión del Plan de Convivencia se incorporará la persona responsable de orientación en el Centro, así como la persona designada por el Consejo Escolar para impulsar medidas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.”

  • Se darán a conocer y se valorarán las actuaciones y medidas correctoras de las acciones contrarias a la convivencia que se hayan acometido.

  • Se arbitrarán las medidas necesarias para que sea posible realizar reuniones periódicas entre la Dirección y la AMPA.

  • Se celebrarán reuniones trimestrales con las madres y padres delegados de curso para hacer frente, de forma conjunta, a los problemas de convivencia.

 

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Secretaría: 957 734531

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